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Mociones y otras presentaciones judiciales de la apelación

Además de los formatos obligatorios, las partes de una apelación con frecuencia presentan otros documentos antes la corte. Estas otras presentaciones pueden incluir mociones, solicitudes, aplicaciones, oposiciones y estipulaciones.

Las mociones y demás presentaciones sólo son obligatorias cuando es necesario comunicar información a la corte que no está incluida en un formato requerido. Por ejemplo, para informarle a la corte que hay un problema o para pedirle que haga algo.

A continuación, se explican algunas nociones básicas respecto de las mociones y demás presentaciones que se realizan durante la apelación.

  • Una vez que el apelante presenta el aviso de apelación, cualquiera de las partes puede presentar un documento ante la corte en cualquier momento durante la apelación.
  • Para las mociones no hay formatos judiciales, pero sí los hay para otras presentaciones. Si no hay formato, la parte debe crear un documento e incluir toda la información que necesita la corte para tomar una decisión.
  • Lo mejor es completar todas las presentaciones judiciales por computadora o a máquina. Solo se pueden presentar documentos manuscritos a la corte si uno se representa a sí mismo (es decir, si no tiene abogado) y la parte no es abogado con licencia.
  • Debe notificar, o distribuir, copia de la mayoría de los escritos presentados del proceso de apelación a todas las partes antes de poder presentarlos a la corte.
  • Algunos documentos se presentan ante la corte de primera instancia, y otros se presentan ante la Corte de Apelación.
  • Consulte al secretario de la corte para averiguar si puede presentar los documentos solo en papel o los puede presentar en formato electrónico.

¿Dónde puedo obtener ayuda para las mociones y otras presentaciones?

Hay recursos disponibles en la corte y en Internet. En esta guía encontrará ejemplos de mociones y de otras presentaciones. Si no está seguro si necesita presentar un formato u otro tipo de documento, o si tiene alguna pregunta acerca de las presentaciones judiciales, también puede contactar al secretario de la corte.

¿Y luego qué sucede?

Una vez que una parte presenta una moción u otra presentación, la corte considera la solicitud de la parte. Por lo general, la corte espera un mínimo de 15 días antes de tomar una decisión. Durante este plazo, las otras partes tienen la oportunidad de desafiar la solicitud.

Si la otra parte desea objetar la moción, debe redactar un argumento contra solicitud y presentar un documento ante la corte. La corte decide si otorgar una moción o no. A veces la corte deniega una moción que no ha sido objetada por ninguna de las partes.

Todas las partes reciben el aviso cuando la corte toma la decisión.

Más información acerca de las mociones

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