Opinión o sentencia de la Corte de Apelación


9. Opinión o sentencia de la Corte de Apelación

La Corte de Apelación toma su decisión después de revisar todos los escritos y el expediente de apelación y analizar el derecho aplicable.

A continuación, se explica cada uno de los pasos del proceso de apelación y qué puede suceder después.

Cuándo se dicta la decisión de la corte

Una vez que las partes presentan todos los escritos y su alegato oral, o renuncian a esta oportunidad, la causa se somete a la decisión de la Corte de Apelación, y la Corte de Apelación tiene 90 días desde ese momento para tomar una decisión.

Importante: La corte puede dictar una orden desestimando la apelación en cualquier momento mientras el caso está pendiente de resolución. Si la corte dicta la orden de desestimar la apelación al inicio del procedimiento, la corte no tiene obligación de permitirles a las partes que presente un escrito o presente un alegato oral.

Qué puede decidir la corte

La decisión de la Corte de Apelación puede ser una opinión o una orden. La Corte de Apelación tiene distintas alternativas:

  • ratificar la sentencia u orden de primera instancia
  • modificar la sentencia u orden de primera instancia
  • revertir la sentencia u orden de primera instancia, en todo o en parte
  • enviar el caso a la corte de primera instancia para que se celebre un nuevo juicio o audiencia
  • desestimar la apelación si no se presentó a tiempo, si no hay una orden susceptible de apelación o si hay un vicio procesal (por ejemplo, no se presentó un escrito o no se pagó un arancel)

La opinión de la corte generalmente incluye información acerca de la distribución de las costas del proceso.

Cómo toma su decisión la corte

La Corte de Apelación está integrada por tres jueces. La corte decide por la mayoría de sus jueces, es decir, por el voto de dos de los tres jueces.

Qué incluye la decisión escrita

Independientemente de lo que decida la Corte de Apelación, pueden dictar una orden u opinión por escrito. Por lo general, los jueces de la corte deben fundar su opinión indicando los motivos por los cuales tomaron esa decisión. Los jueces de la corte no tienen obligación de dar su opinión si dictan una orden de desestimación.

Por lo general, hay solo una decisión firmada por todos los jueces, pero a veces uno de los jueces dicta un voto complementario. El voto complementario puede ser concurrente (el voto de un juez que concuerda con la decisión de la mayoría) o puede ser una disidencia (el voto de un juez que no concuerda con la decisión).

Cómo notifica la Corte de Apelación a las partes

Cuando la Corte de Apelación toma una decisión, el secretario de la corte envía un aviso de la opinión u orden de la corte a todas las partes del caso. Si una parte no tiene abogado, el documento se notifica a la parte. Si la parte tiene abogado, el documento se notifica al abogado.

Reembolso de costas judiciales

En la opinión de la Corte de Apelación generalmente se ordena la distribución de costas.

Por lo general, la parte que gana la apelación puede exigirle a la otra parte que pague sus costas judiciales. En algunos casos, la parte que gana la apelación puede exigirle a la otra parte que pague también los honorarios de abogado de la parte victoriosa.

Una vez que la corte ordena la remisión del expediente, que es el paso final de la apelación, la parte victoriosa puede presentar un memorando de costos ante la corte de primera instancia. La corte de primera instancia analizará la solicitud y enviará un aviso a las partes indicándoles los próximos pasos a seguir. Si alguna de las partes tiene dudas respecto del reembolso de los costos de la apelación, pueden contactar a la corte de primera instancia.

Consultar las reglas del Reglamento de las Cortes de California acerca del reembolso de costos y de cómo objetar una solicitud de reembolso

Cómo objetar la opinión u orden de la corte

La parte que pierde la apelación puede aceptar la opinión de la Corte de Apelación y no hacer nada. Pero si una parte no está satisfecha con la opinión de la Corte de Apelación, hay dos formas de atacar la decisión: el recurso de reconsideración y el recurso de revisión. Una parte puede atacar la opinión si considera que la corte planteó de forma incorrecta los hechos o las leyes, o que omitió considerar alguna de las cuestiones planteadas por las partes.

Si la corte dicta una orden de desestimación por un vicio procesal, el apelante puede solicitar que se admita nuevamente la apelación para reconsiderar el caso.

Seleccione una opción para obtener más información

Recurso de reconsideración ante la Corte de Apelación
Moción de readmisión de una apelación ante la Corte de Apelación
Recurso ante la Corte Suprema

¿Y luego qué sucede?

La Corte de Apelación tiene competencia o jurisdicción sobre una causa durante 30 días desde la fecha en que dicta sentencia.

Cualquiera de las partes puede presentar un recurso de reconsideración o moción para que se readmita la apelación dentro de los 15 días desde que la Corte de Apelación dicta su fallo u orden. Si nadie ataca la decisión u orden de la Corte de Apelación en ese plazo, la decisión pasa a ser definitiva después de los 30 días. Cualquiera de las partes puede presentar un recurso ante la Corte Suprema.

Si nadie presenta un recurso de revisión, la Corte Suprema de California puede optar por revisar el caso, pero esto es muy poco frecuente. Una vez vencido el plazo para que la Corte Suprema revise el caso, la Corte de Apelación ordena la remisión del expediente y le devuelve la competencia sobre el caso a la corte de primera instancia. Más información acerca de la remisión del expediente

Si alguien ataca la opinión u orden de la Corte de Apelación con un recurso de reconsideración, una moción para la readmisión de la apelación y/o un recurso de revisión, lo que suceda dependerá de la respuesta de la Corte de Apelación y/o de la Corte Suprema.

FORMATOS

Documentos que necesitará para su caso.