Alegato Oral


8. Alegato Oral

Los alegatos orales son el último paso en el proceso de apelación antes de que la Corte de Apelación tome una decisión.

Durante los alegatos orales, todas las partes que presentan un escrito tienen un tiempo limitado para hablar directamente con los jueces de la Corte de Apelación antes de decidir la apelación.

El alegato oral es una oportunidad de las partes de asegurarse de que la corte comprenda las cuestiones más importantes de una apelación. Las partes pueden explicar los argumentos de sus escritos y responder preguntas de los jueces.

A continuación, se explica cada uno de los pasos del proceso de apelación y cómo preparar los alegatos orales.

También puede consultar estas guías paso a paso acerca de cómo prepararse para los alegatos orales y qué hacer el día de los alegatos orales.

Quién puede realizar un Alegato Oral

Cualquiera de las partes, apelante o apelado, que presente un escrito aceptado por la Corte de Apelación, puede presentar un alegato oral.

Si la demandada no presentó un escrito, no puede realizar un alegato oral.

Plazo para los Alegatos Orales

Una vez presentados todos los escritos o vencido el plazo para su presentación, la Corte de Apelación contacta a cada parte del caso acerca de los alegatos orales.

La Corte de Apelación envía notificación para consultar a las partes si desean participar de los alegatos orales. A veces el aviso incluye la fecha de los alegatos orales y a veces no.

Cuando la corte envía un aviso, cada parte debe informar a la corte si desea hacer un alegato oral. Cada parte debe responder a la corte por escrito dentro del plazo establecido en el aviso. Si una parte solicita alegatos orales, la corte solicitará presentación de alegatos orales en ese caso.

La corte enviará a todas las partes un aviso con un mínimo de 20 días de antelación incluyendo la fecha y el lugar de los alegatos orales.

Costos de presentar un Alegato Oral

La presentación del alegato oral no tiene costo adicional.

Cómo decidir si presentar o no un Alegato Oral

En la mayoría de los casos el alegato oral es opcional, y es solo un elemento pequeño de la apelación.

En algunos casos, el alegato oral puede ser útil, pero es menos importante para la decisión de la corte que los escritos o el expediente de apelación.

El apelante o demandado puede optar por hacer un alegato oral o elegir por renunciar a los alegatos orales.

Motivos para presentar un alegato oral

  • explicar algo de un escrito
  • discutir un argumento en un escrito de otra parte
  • resaltar las cuestiones más importantes de la apelación
  • darles a los jueces la oportunidad de hacer preguntas
  • hablar acerca delas nuevas autoridades legales que respaldan un argumento en un escrito

Motivos para no presentar un alegato oral

  • no hay nada nuevo ni distinto que decir de lo que ya se ha dicho en un escrito
  • los argumentos o cuestiones se explican totalmente en un escrito
  • una parte no desea aceptar preguntas de los jueces
  • una parte desea hablar de una nueva cuestión legal o nuevas pruebas (esto no está permitido en los alegatos orales)

Aquí hay algunas cuestiones importantes a tener en cuenta a la hora de tomar una decisión acerca de si solicitar o no un alegato oral:

  • Si una parte elige no realizar un alegato oral, no afecta lo que piensa la corte acerca de esa parte o de los argumentos planteados en la apelación.
  • No todas las partes necesitan hacer lo mismo. Por eso, si una parte desea hacer un alegato oral, la corte tendrá alegatos orales, pero no obligará a las demás partes a participar.
  • Si una parte tiene abogado, el abogado presentará el alegato oral. Una parte no tiene obligación de ir a la corte para presentar alegatos orales si no está presentado por un abogado.
  • Muchas apelaciones no tienen alegatos orales porque todas las partes renuncian a todos los alegatos orales. Cuando no hay alegatos orales, los jueces de la Corte de Apelación deciden la apelación en función de los escritos y del expediente de apelación.
  • Los alegatos orales no enlentecen ni aceleran el proceso de apelación, Por ello, la corte no decidirá más rápidamente si no hay alegatos orales, y no tardará más si hay alegatos orales.
  • Presentar un alegato oral puede o no ayudar los planteos presentados por una parte en la apelación. No hay manera de saberlo por adelantado.
  • Si el apelante decide no presentar un alegato oral, el demandado por lo general no presenta un alegato oral. Esto se debe a que por lo general la ley favorece al apelado en una apelación.
  • Esto no sucede con frecuencia, pero en algunos casos la Corte de Apelación le exigirá a la parte que participe del alegato oral. La corte puede hacerlo si tiene alguna pregunta específica para una de las partes.

Cómo informar a la Corte si desea hacer un Alegato Oral

La Corte de Apelación permite los alegatos orales en cada caso de apelación. Pero la corte solo programará el tiempo para los alegatos orales si recibe notificación de una parte que desea participar.

Cuándo informar a la corte
Cuando una parte recibe un aviso de alegatos orales de la Corte de Apelación, debe responder dentro del plazo del aviso.

Cómo informar a la corte
Para responder AFIRMATIVAMENTE y realizar un alegato oral, la parte debe indicar a la Corte de Apelación del plazo indicado en el aviso de la corte. La parte debe indicarle a la corte por escrito.

Si una parte desea decir NO y no presentar un alegato oral, la parte no necesita hacer nada. Si la corte no recibe respuesta, asumirá que la parte renuncia a realizar un alegato oral.

Preparación para el Alegato Oral

Durante el alegato oral, cada parte tiene un tiempo limitado para hablar con los jueces de la Corte de Apelación y responder preguntas, por ello es importante estar bien preparado.

Cada parte debe dedicar el tiempo necesario para prepararse bien antes de los alegatos orales. A tal fin, debe repasar el expediente de apelación, todos los escritos y las autoridades legales más importantes.

A continuación, se incluye una guía paso a paso PARA PREPARARSE para los alegatos orales.

Qué discutir
A continuación, se incluyen algunas reglas generales respecto de lo que el apelante y el apelado deben discutir y lo que no deben discutir en los alegatos orales.

QUÉ HACER:

  • concentrarse en las cuestiones legales de la apelación
  • explicar los argumentos planteados en el escrito propio
  • discutir las cuestiones de derecho planteadas en el escrito propio
  • aclarar los temas discutidos en el escrito propio
  • discutir las cuestiones o los argumentos jurídicos planteados en el escrito de la otra parte
  • hablar acerca de las nuevas autoridades legales, tales como un caso nuevo o un cambio en la ley (una de las partes debe notificar a la corte las nuevas autoridades legales antes de los alegatos orales)
  • explicar a los jueces las cuestiones de su apelación que considera más importantes
  • consultar a los jueces si tienen alguna pregunta

QUÉ NO HACER:

  • hablar de pruebas nuevas
  • presentar nuevas cuestiones legales o nuevos argumentos que no están incluidos en ningún escrito
  • leer el escrito en voz alta
  • repetir palabra por palabra lo que dice el escrito
  • reiterar o replantear los hechos del caso

Cuánto tiempo hablar
La corte notifica por adelantado a cada parte que participa de un alegato oral. En la notificación se indica cuánto tiempo tendrá cada parte para hablar. Por lo general, cada parte tiene entre 15 y 30 minutos para presentar su alegato oral, pero recuerde que ese tiempo también incluye las preguntas de los jueces, Si una parte tiene abogado, el abogado hablará durante el alegato oral.

Qué esperar de los jueces
Los jueces de la Corte de Apelación hacen muchas de las cosas que hacen las partes para prepararse para los alegatos orales. Los jueces deberán revisar totalmente el expediente de apelación, para saber qué sucedió en la corte de primera instancia. Los jueces también leen todos los escritos e investigan las autoridades legales, para conocer las cuestiones de derecho a las que se refiere la apelación. Durante los alegatos orales, los jueces escucharán a las partes y pueden realizar preguntas.

El Día de los Alegatos Orales

La corte tiene reglas acerca de los alegatos orales, y las partes deben respetar esas reglas.

A continuación, se incluye una guía paso a paso de QUÉ HACER EL DÍA DE LOS ALEGATOS ORALES..

A continuación, se incluyen algunos consejos clave para un buen alegato oral:

PREPÁRESE BIEN

  • Tenga un resumen de los puntos principales, y consúltelo cuando lo necesite.
  • Asegúrese de repasar todos los escritos, los argumentos de derecho, el expediente de apelación y las autoridades legales más importantes.

SEA CLARO

  • Hable despacio y claramente.
  • Concéntrese en los puntos más importantes que desea que la corte conozca.

SEA FLEXIBLE

  • Recuerde que los jueces lo pueden interrumpir y hacerle preguntas.
  • Está bien si necesita hacer una pausa en lo que está explicando para responder sus preguntas.

SEA RESPETUOSO

  • Hable con los jueces y con las demás partes con calma, y no interrumpa.
  • Incluso si se frustra o se enoja, intente controlar sus emociones.

Grabación de los Alegatos Orales

Todos los alegatos orales presentados ante la Corte de Apelación se graban electrónicamente. Cualquiera de las partes puede pagar un arancel a la corte para obtener una copia de la grabación de su alegato oral. Si una de las partes desea una transcripción escrita de la grabación, debe contactar un servicio de transcripción.

¿Y luego qué sucede? Una vez que las partes han realizado su alegato oral o renunciado a su derecho, la Corte de Apelación debe tomar una decisión.

Enlaces Útiles

Más información acerca de los alegatos orales ante las Cortes de California

Escuchar alegatos orales presentados ante la Corte Suprema de California

Guía paso a paso para prepararse para los alegatos orales

Guía paso a paso de consejos para el día de los alegatos orales

Preguntas Frecuentes:


¿Qué debo informar a la corte por adelantado si deseo realizar un alegato oral?

Las Cortes de Apelación de California tienen mucho trabajo, ya que resuelven miles de casos por año. Por ello hay reglas para proteger la justicia y eficiencia del proceso de apelación. Una regla es que la corte solo programa tiempo para alegatos orales cuando sabe fehacientemente que las partes desean participar.

Si la corte programa tiempo para alegatos orales en todos los casos y luego se presenta poca gente, perderían tiempo muy valioso que podrían haber dedicado a analizar las apelaciones y tomar decisiones. Esto enlentecería todas las apelaciones, incluso la suya, de todo el sistema judicial.

¿Qué sucede si no informo a la corte por adelantado, pero deseo realizar un alegato oral?

Si no informa a la Corte de Apelación que desea realizar un alegato oral, la corte presupondrá que no desea participar. Si esto sucede, perderá su oportunidad de presentar un alegato oral salvo que la otra parte solicite un alegato oral. Si la otra parte solicita un alegato oral y usted no, quizá pueda participar del alegato oral si presentó un escrito,

pero si desea presentar un alegato oral, la única forma de asegurarse esa oportunidad es responder el aviso de la corte en tiempo y forma y presentarse el día de los alegatos orales de su caso. No hay excepciones ni prórrogas. Una vez que concluye la etapa de los alegatos orales, la corte pasa a tomar una decisión acerca de la apelación.

¿Puedo hablar de lo que dice mi escrito o no?

Sí, puede discutir todo el contenido de su escrito, pero no se recomienda leer directamente del escrito. Es mejor indicarles a los jueces lo que considera las secciones más importantes de la apelación. Puede dedicarle más tiempo a hablar de las secciones que más desea que consideren de su escrito. Es un error dedicar el poco tiempo de su alegato oral repitiendo exactamente lo mismo que los jueces ya leyeron en el escrito.

¿Afectará la decisión de la corte si me pongo nervioso o no puede responder todas las preguntas?

Mucha gente se pone nerviosa antes de los alegatos orales, o durante el alegato. Recuerde que los jueces de la Corte de Apelación escuchan argumentos orales todo el tiempo. Los jueces entienden que no siempre es fácil presentar un alegato oral y que alguna gente se siente más cómoda que otros en la corte.

Es importante que las partes entiendan que los jueces estarán preparados para sus alegatos orales. Antes de que las partes hablen, los jueces repasan el expediente de apelación y leen todos los escritos. A pesar de que pueden hacer muchas preguntas, los jueces entienden que las partes pueden no tener todas las respuestas.

Intente tener la mejor actuación posible en un alegato oral, y recuerde que el alegato oral es solo una pequeña parte del proceso de apelación. Si bien puede fortalecer su caso, no es lo más importante de la apelación.

¿Qué hace mi abogado en el alegato oral?

Si tiene abogado, el abogado presentará el alegato oral. Puede ir igual al alegato oral, pero no tiene obligación de hacerlo si lo representa un abogado.

¿Puedo obtener una transcripción de lo que se dijo en los alegatos orales de mi caso?

Todos los alegatos orales presentados ante la Corte de Apelación se graban electrónicamente. Cualquiera de las partes puede pagar un arancel a la Corte de Apelación para obtener una copia de la grabación de su alegato oral. Si una de las partes desea una transcripción escrita de la grabación, debe contactar un servicio de transcripción y pagar un arancel por separado.

¿Qué pensará la corte si no deseo presentar un alegato oral?

Si decide no presentar un alegato oral, la corte no pensará que no le interesa o no le importa la apelación. Ni tampoco significa que la parte renuncie a los argumentos planteados en el escrito, o que estos argumentos pierdan fuerza. Ello no cambiará la opinión de la corte acerca de usted o de sus argumentos. Si no presenta un alegato oral, ello no afectará negativamente la decisión de la corte.

¿Cómo decidirá la corte si no hay alegatos orales?

Si todas las partes renuncian a los alegatos orales y ninguna de ellas habla personalmente con los jueces, la Corte de Apelación decidirá el caso en función de los escritos, del derecho aplicable y el expediente de apelación.

¿Qué significa si la corte me envía un aviso diciendo que no necesita alegatos orales?

En algunos casos, la Corte de Apelación envía un aviso a las partes informando que la corte está lista para emitir una decisión sin alegatos orales. Ello no significa que la corte vaya a decidir a favor o en contra suyo en la apelación.

Incluso si la corte informa que los alegatos orales no son necesarios, usted puede solicitar realizar un alegato oral. Para ello, deberá notificar a la corte por escrito e informarle que desea presentar un alegato oral. Si usted cumple el plazo establecido en el aviso de la corte acerca de los alegatos orales, la corte en la mayoría de los casos programará un tiempo para su alegato oral.

¿Dónde puedo obtener asistencia jurídica?

El Formato APP-001 tiene las instrucciones completas para el procedimiento de apelación.

Cada Corte de Apelación tiene recursos de ayuda en Internet. También puede contactar a su Corte de Apelación local para averiguar si tienen un centro de ayuda en la corte.

También puede visitar una biblioteca jurídica para investigar el derecho.

En la página web de las Cortes de California hay mucha información acerca de abogados y asistencia jurídica.

Si necesita ayuda para buscar a un abogado, en el sitio web de la Asociación de Abogados de California se puede conectar con un servicio de recomendación de abogados de su área.

FORMATOS

Documentos que necesitará para su caso.